Artículo de opinión publicado en Mallorca Diario (noticia en prensa) por nuestra compañera Francesca Jaume:
Quien más quien menos ha sido objeto de algún robo durante su vida, y pocas cosas hay que causen más impotencia que la imposibilidad de conocer la identidad del autor o que, siendo ésta conocida, el estado no tenga mecanismos suficientes para hacer caer sobre él toda su acción punitiva.
Nuestro Derecho Penal es un derecho de garantías, no permite que ningún particular emprenda acciones fuera de la acción del estado contra una persona que presuntamente ha atentado contra su orden socioeconómico, sin que las fuerzas instructoras y los tribunales hayan analizado si realmente esta persona puede ser declarada culpable.
Cuando alguien es investigado por ser presunto autor de robo o hurto, se despliegan a su favor todas las garantías de defensa que otorgan las leyes penales y procesales, entre las que se encuentran el derecho a no declarar en su contra o a guardar silencio, la presunción de inocencia, la legalidad de medios de prueba, o las eximentes y atenuantes… El resultado de un proceso puede ser una declaración de absolución o una condena mínima cuando la víctima está plenamente convencida de la culpabilidad del encausado, provocando en ésta una profunda sensación de impotencia.
Es común el comentario de que “si te encuentras a un ladrón en tu casa no lo puedes tocar, incluso lo tienes que invitar a un café”, y aunque no haga falta lo segundo, bien es cierto que la ley no permite agredir o detener a una persona que ha allanado una morada ajena. Lo que procede en estos casos es avisar a la Policía o a la Guardia Civil y cruzar los dedos para que haya una patrulla cerca. Sí, esto es lo que procede. La realidad, sin embargo, es que si el ladrón ya ha huído no será ya tan fácil de encontrar, y si sigue en la casa uno está poniendo en peligro la integridad física de su familia. ¿Qué mecanismos prácticos y efectivos tiene uno a su disposición en este tipo de situaciones? Como por responsabilidad y por deontología profesional sólo os puedo hablar de lo que es legal, no me queda más remedio que omitir respuesta a esta pregunta.
Lo cierto es que clama al cielo que por parte de las fuerzas del orden se encuentre ya una solución realmente eficaz -aunque ya sabemos que el hampa nunca se podrá erradicar completamente- para, sobretodo, evitar las situaciones de profunda frustración y miedo que se generan en todas las personas que han sido objeto de un robo o hurto por parte de un amigo de lo ajeno. Esperemos que el legislador sea sensible a esta necesidad de lo que se llama “gente de bien” para no sólo garantizar los derechos procesales de los investigados. Se llama Justicia.
Autor: Francesca Jaume